¿Es obligatorio pagar a la SGAE por poner música o radio en la farmacia?
Es muy habitual que un titular de farmacia se pregunte: “¿Es obligatorio pagar a la SGAE por poner música o radio en la farmacia?”
Desde que se creó la SGAE hay muchas dudas acerca del funcionamiento de esta sociedad y de la permisividad para poder escuchar música en espacios públicos. A continuación, en este post, vamos a descubrirte la respuesta correcta para que todas tus dudas queden completamente esclarecidas.
La música en las farmacias y la SGAE
La SGAE es una sociedad que tiene como objetivo defender la Ley de Propiedad Intelectual, tal y como se cuenta en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Por este motivo, si quieres poner música en tu farmacia tienes que conocer qué indica dicha ley.
En primer lugar, tienes que saber que la SGAE cuenta con un listado donde se especifican todos los establecimientos que deben pagar si ponen música. En dicho documento no aparece la farmacia pero sí que se incluyen los establecimientos sanitarios. Y en esta nomenclatura es donde se incluyen las farmacias.
Por tanto, las farmacias están obligadas a pagar a la SGAE.
¿Es obligatorio pagar a la SGAE por encender la radio en la farmacia?
Pero si tú cuentas con una emisora de radio encendida en la oficina de farmacia y, en ella, van apareciendo determinadas canciones… ¿también tienes que pagar a la SGAE?
Lo cierto es que si la música que suena en la radio tiene derechos de autor, la farmacia también está obligada a pagar la SGAE. También tiene la obligación de pago si sale un anuncio en la radio y, en dicho anuncio, aparece una canción con derechos de autor.
Poner CDs o música comprada en tu farmacia
¿Y qué pasa si la música que pones en la farmacia ha sido comprada de forma legal? Pues que igualmente deberás pagar a la SGAE. El motivo es que esa música la estás poniendo en un establecimiento público y, por tanto, personas que no han pagado por ella van a disfrutarla.
Se considera que, cuando se compra música, esta es únicamente para el disfrute personal y privado. Por tanto, en el momento en el que se difunde en un espacio como la farmacia, es tu obligación pagar por los derechos de autor.
¿Y qué ocurre con Spotify?
En este caso ocurre exactamente lo mismo que en el anterior. Es decir, el uso de Spotify está pensado exclusivamente para un uso privado. Por tanto, cuando enciendes dicho programa en un local público, tienes que hacerte cargo de los derechos de autor.
Hilo musical en una farmacia
Entonces ¿no puedo poner música en la farmacia? Sí que puedes si, previamente, pagas a la SGAE. Pero, también, existen diferentes hilos musicales que tienen condiciones explícitas para usar sus melodías en dominio público.
De hecho, esta sería la mejor alternativa que tienes a tu alcance si quieres crear un ambiente más agradable en tu farmacia gracias a la música.
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